09/11/2021 | NOTICIAS

El ABC de la CTS

En esta nota, respondemos todas las consultas que puedas tener sobre la Compensación de Tiempo de Servicios (CTS).

¿Sabes hasta cuándo puedes retirar hasta el 100% de tus fondos de la CTS?

La Ley 31171 fue promulgada para cubrir las necesidades económicas causadas por la COVID-19. Esta autoriza, por única vez, que los trabajadores puedan hacer el retiro parcial o total de los fondos que mantengan en las entidades financieras. Debemos tomar en cuenta que esta medida es de carácter temporal hasta el 31 de diciembre del 2021.

¿Por qué no debes de retirar tu CTS si no es realmente necesario?

Esta ley fue aprobada como medida excepcional en el marco de la pandemia. Recuerda que la CTS es un beneficio social que busca que toda persona que deje de laborar en una institución cuente con un ingreso económico y pueda solventar sus gastos hasta que se pueda reinsertar en otro ámbito laboral.

¿Quieres cambiar tu cuenta CTS?

En caso hayas decidido cambiar tu CTS a otra entidad financiera, deberás comunicarte con la DGTH a fin de que te brinden información acerca del procedimiento y documentos que deberás presentar, esto debido a que cada entidad financiera tiene diferente tratamiento. Cabe indicar que los trámites para el cambio de CTS pueden demorar hasta 15 días hábiles desde la fecha en que se presenta la solicitud a la entidad financiera.

¿Cómo te apoya la DGTH en los temas relacionados con la CTS?

El rol de la DGTH es asegurar que a todos los trabajadores con derecho a este beneficio se les abra una cuenta de CTS en la entidad que hayan elegido, y realizar los cálculos de forma correcta y dentro de los plazos de ley. Asimismo, absolvemos todas tus consultas, como la explicación de la forma de cálculo, remuneraciones y días computables. Buscamos que los trabajadores conozcan y tengan a disposición de manera transparente toda la información sobre su CTS. Para cualquier duda o consulta, escribir a pydiaz@pucp.edu.pe.

¿Qué información adicional necesito saber?

En el caso de los trabajadores que hayan realizado el cambio de CTS a otra entidad financiera, deberán hacer el seguimiento de que sus fondos se hayan traslado de una entidad a otra y de informar a la DGTH la nueva cuenta de CTS en la que se realizará su depósito.

¿Sabes cómo se calcula el monto que recibes por CTS?

En líneas generales, el monto que se deposita cada semestre dentro de la primera quincena de mayo y noviembre de cada año es de media remuneración fija más 1/6 de la última gratificación pagada, siempre que la persona haya laborado el semestre completo.

En caso reciba remuneraciones complementarias a su remuneración fija, un promedio de la misma ingresará a formar parte del cálculo de la CTS.