Retiro del 100% de fondos de la CTS
El 1 de mayo estaríamos conociendo el procedimiento de la ley promulgada por el gobierno.
El pasado 23 de abril, el Gobierno promulgó la Ley 31171, que autoriza, por única vez, la disposición del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Esto, según la norma, con el fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia de la COVID-19.
En ese sentido, en su artículo 2, la ley, publicada en el Diario Oficial El Peruano, indica que dicho fondo estará disponible hasta el 31 de diciembre del 2021.
Es importante señalar que, según los alcances, el Poder Ejecutivo “dicta las disposiciones reglamentarias necesarias, en el plazo máximo de diez (10) días calendario desde la entrada en vigencia de la presente ley”. Según ello, el 1 de mayo estaríamos conociendo el procedimiento para el retiro de la CTS.
Sobre la CTS
¿Qué es la compensación por tiempo de servicios o CTS?
Es un beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo.¿Quiénes tienen derecho a percibir la CTS?
Los trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada que laboren una jornada mínima de 4 horas diarias y que acumulen, como mínimo, un mes de labores.¿Cuándo depositan la CTS?
Durante los primeros 15 días de mayo y noviembre.(Fuente: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo)