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Beneficios de ley

Vacaciones

Después de un año de trabajo continuo, tienes derecho a 30 días calendario de descanso físico remunerado.
La programación de tus vacaciones se coordinará con tu jefe. En línea a ello, se tendrá en cuenta tanto tus preferencias como las necesidades de la PUCP, priorizando su disfrute durante periodos de baja actividad. Presenta tu solicitud para acceder a este beneficio. La DGTH en conjunto con tu jefe directo lo evaluarán.

Importante

Base legal: D.L. Nº 713 y D.S. N° 012-92-TR

Beneficiario: Personal administrativo y docente con dedicación mínima de medio tiempo que cumplan los siguientes requisitos:

  • Los trabajadores con jornadas de 5 días a la semana deben cumplir por lo menos 210 días de trabajo efectivo.
  • Los trabajadores con jornadas de 6 días a la semana deben cumplir por lo menos 260 días de trabajo efectivo.

Más información

Correos: mjandradep@pucp.pe